RECORRIDO HISTORICO

La a Hermandad a lo largo de su historia se ha regido por las de 1477 – 1570 – 1792 – 1915 – 1948 – 1963 – 1970 – 1979 – 1988.

No han llegado a nosotros las Reglas aprobadas en 22 de octubre de 1477 siendo Papa Sixto IV y Arzobispo de Sevilla, el cardenal D. Pedro González de Mendoza. Se configura como una Hermandad de Luz y ya reside en el convento de Santiago de la Espada. No hay dudas sobre el traslado a este convento. Las Reglas de 1570, ahora estudiadas, hablan que se autorizó por D. Gutierre Álvarez de Toledo, que estuvo al frente de la silla arzobispal desde 1439 hasta 1444. Bermejo, a quien sigue Serrano Ortega, afirma que se autorizó por el cardenal D. Diego Hurtado de Mendoza, que rigió la sede de San Isidoro, desde 1485 a 1502. Diferencia apreciable pues se distancia en más de cuarenta años. Ignoramos en que copia de las Reglas se basaron estos escritores de final del siglo XIX. Por el contrario, nos ofrece más garantía la copia de 1724 que reproduce las Reglas de 1570. El traslado no pudo ser posterior a 1444 porque este es el último año del Arzobispo D. Gutierre en nuestra ciudad.

 

Precisamente en la copia de las Reglas que estudió Bermejo, en la portada aparecía una estampa representando a la Santísima Virgen. Comenta nuestro escritor que estaba como de rodillas desmayada en los brazos de San Juan siguiendo una tradición que afirma el desmayo de la Señora al ver a su Hijo en la calle de la amargura y que un ángel bajado del cielo la confortó y le dio poder y fortaleza para presenciar el martirio del Gólgota. En Jerusalén se edificó una Iglesia en el sitio del encuentro dedicada a la Virgen con el título del pasmo o del desmayo, siendo todo ello el origen de la devoción de la primitiva Hermandad en honor y culto de la Santísima Virgen bajo el título del Santísimo Poder y Traspaso de nuestra Señora. Lástima que esa estampa a la que alude Bermejo, no se encuentre en el archivo de la Hermandad, ni sepamos de su paradero.

 

En las Reglas, aprobadas el 9 de noviembre de 1570, en el preámbulo se justifica que se anularon y reformaron algunas obligaciones de los conventos antecedentes, sin explicar cuáles. Después de decir que se funda en tiempos del rey Juan II de Castilla se rinde un homenaje a los Reyes, “D. Fernando y Dª. Isabel, nuestros Señores”, lo que dice abiertamente como se han interpolado textos de la primera Regla de 1477. Año precisamente que será el primero que visiten Sevilla, D. Fernando y Dª. Isabel –acompañados del cardenal D. Pedro González de Mendoza y siendo recibidos en nombre de la ciudad por D. Enrique de Guzmán, II Duque de Medina Sidonia- estancia que prolongarán en años posteriores.

También es curioso que las segundas Reglas coincidan con otra visita regia, la única que realizó a nuestra ciudad D. Felipe II, en 1570, de la que existe una preciosa crónica de la época por D. Juan de Mal-Lara. Ocupaba la sede de Pedro, San Pío V; y el arcediano D. Alonso de Revenga por el cardenal D. Gaspar de Zúñiga y Avellaneda, la arzobispal de Sevilla. Se configura como cofradía de luz y sangre; siendo su sede canónica el convento del Valle, desde 1544 y donde pasó en 1697, al colegio agustino de San Acasio.

En las Reglas aprobadas por la autoridad eclesiástica el 1 de febrero de 1792, que se titulan Ordenanzas, dice en su preámbulo (…) la variedad de los tiempos pide que se alteren las disposiciones de todas las cosas principalmente en esta cofradía, porque las novedades que han ocurrido desde su fundación y su antigüedad de tres siglos y medio, han hecho que en la mayor parte estén sin uso y olvidados los capítulos de su Regla (…). Era Papa, Pío VI y titular de la diócesis el cardenal D. Alonso Marcos de LLanes y Argüelles. La Hermandad tiene su sede desde 1703 en su capilla propia de la Parroquia de San Lorenzo Mártir.

Se ordenó en Cabildo General de 1912 que una comisión de hermanos procediera al estudio y reforma de las Reglas, siempre basada en el mismo espíritu que informa las antiguas e incluyendo los sucesivos acuerdos de la Hermandad que estén vigentes, consta en el preámbulo de las aprobadas el 6 de marzo de 1915. En su última Regla, la XXVIII, dice que la Hermandad se somete a las prescripciones del último Concilio Provincial Hispalense, cuyas normas han sido promulgadas por el Sr. Arzobispo, D. Marcelo Spínola, en su circular de 15 de febrero de 1899. Era Romano Pontífice, Benedicto XV y Arzobispo de Sevilla, el cardenal D. Enrique Almaraz y Santos.

El 27 de octubre de 1948 se aprueban nuevas Reglas, siendo Papa Pío XII y cardenal Arzobispo de Sevilla, D. Pedro Segura y Sáenz. Por acuerdo de cabildo de Oficiales de fecha 17 de febrero de 1947, dirigido al Ilmo. Sr. Vicario General, se propone la reforma debido al decreto de los prelados de la provincia eclesiástica de Sevilla, de fecha 4 de febrero de 1930.

El 14 de enero de 1963, sin motivo específico, se modifican las Reglas, siendo Papa Juan XXIII, y Arzobispo de Sevilla, el cardenal D. José María Bueno Monreal. Se varían las fechas del Cabildo General de Salida y el comienzo del Septenario; se reduce a cuatro años el mandato de la Junta de Gobierno, y se procede a renovarla por mitades.

En 1970, el motivo fundamental para actualizar las Reglas, obedece a los profundos cambios experimentados tras el Concilio Vaticano II, por lo que la Junta de Gobierno aborda el trabajo de ordenar las nuevas con criterios actuales, como es el estudio de lo que es canónicamente la cofradía, comprobar sus rasgos peculiares, analizar las particularidades que han caracterizado históricamente a la Hermandad; y profundizar en los rasgos que en las circunstancias actuales destacan en el mundo de lo eclesial. La aprobación de las mismas, tienen lugar el 15 de octubre, siendo Papa Pablo VI y Arzobispo de Sevilla, el cardenal D. José María Bueno Monreal.

El Sínodo hispalense de 1973, el Decreto de los obispos de 1975 y el Decreto de la Vicaría de laicos de 1976, obligan a reformar las Reglas en 1979, siendo aprobadas el 28 de agosto, bajo el Pontificado de Juan Pablo II; continuando como Arzobispo de Sevilla, el cardenal Bueno Monreal.

Algunas modificaciones tras el cambio sufrido por la promulgación del Código de Derecho Canónico en 1983 y las Normas Diocesanas de 1985, obligan a redactar las de 1988, que son aprobadas el 16 de marzo, siendo Fray Carlos Amigo Vallejo, Arzobispo de Sevilla.

Por último, las nuevas Normas Diocesanas para las Hermandades y Cofradías, promulgadas por Decreto de 8 de diciembre de 1997, han revisado las de 1985, modificando parte importante de la normativa por las que tradicionalmente se habían regulado las Hermandades. Procede por tanto la adaptación de las actuales a lo dispuesto por la autoridad eclesiástica. La última reimpresión en 2001, de las Reglas de 1988, incluyen el citado Decreto y permiten así comparar la normativa vigente.